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Universidad de Chile

Protocolo de licencias médicas para estudiantes

Cumpliendo con la normativa de la Universidad de Chile, a partir del 03 de marzo de 2014 la Secretaría de Estudios del Instituto de la Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile solo recibirá certificados médicos emitidos por el Servicio Médico y Dental de los Alumnos (Semda), o visados por este servicio.

De acuerdo al protocolo vigente para la Universidad, los certificados médicos que se entreguen en Secretaría de Estudios deben emitirse en un impreso oficial extendido por el Semda; no obstante, se puede permitir el uso de otro tipo de impreso, emitido por un médico particular o de un Servicio de Salud público, siempre y cuando posteriormente sea visado por médico del Semda. Ante la ausencia de un facultativo, el certificado de un profesional externo podrá ser visado por la enfermera coordinadora de cada uno de los consultorios Semda. Este trámite debe realizarse en un plazo no mayor a los tres (3) días hábiles desde el inicio del reposo.

El médico no debe extender un certificado si hay carencia de competencia específica por falta de datos o pruebas que le permitan afirmar los hechos que habrían de ser certificados (estado de salud del alumno). También es importante señalar que el Semda se reserva el derecho de rechazar los certificados emitidos por médicos cuya especialidad no esté vinculada a la enfermedad que están diagnosticando.

El certificado médico está sujeto a las regla de la responsabilidad profesional del Semda en acuerdo pre-establecido con la autoridad de las Secretarias de Estudio de cada Facultad. Cabe mencionar que el documento puede ser de responsabilidad penal, en base a lo establecido por la Ley 9.155 en el art. 241 del Código Penal y código de ética del Colegio Médico.

Pasos a seguir

  1. Toda licencia médica deberá ser extendida por un médico SEMDA. Por disposición reglamentaria de este servicio, la emisión de este documento es gratuita para el alumno.
  2. En caso de certificados emitidos por un médico particular, éste deberá ser visado y timbrado por el SEMDA local antes de ser entregado en Secretaría de Estudios.
  3. La presentación de los certificados médicos emitidos por un médico externo para ser visado por el Semda no debe exceder los tres días hábiles siguientes a partir de la fecha de inicio del reposo médico indicado en el documento.
  4. El documento puede ser presentado por el alumno/a personalmente o por algún representante de él/ella a la Secretaría de Estudios de su carrera los tres días hábiles siguientes a partir de la fecha de inicio del reposo médico indicado en el documento.

Más información

Secretaria de Estudios
Profesora Lorena Letelier Valdivia

Secretaria Sra. Olga Báez Benavente
E-mail: obaez@u.uchile.cl
Fonos: +562 29787903

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