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Universidad de Chile

Primer semestre 2020

Programa de colaboración académica: Bases de convocatoria a concurso

Programa de colaboración académica: Bases de convocatoria a concurso

La presente convocatoria tiene como propósito formalizar el proceso de incorporación y desempeño de las y los estudiantes de colaboración académica a las actividades de docencia en pregrado para las carreras de Cine y Televisión y Periodismo, incluyendo Formación Básica.

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La presente convocatoria tiene como propósito formalizar el proceso de incorporación y desempeño de las y los estudiantes de colaboración académica a las actividades de docencia en pregrado para las carreras de Cine y Televisión y Periodismo, incluyendo Formación Básica.

Tradicionalmente esta figura ha sido denominada ayudantes de cátedra. Sin embargo, de acuerdo con el Reglamento General de la Carrera Académica de la Universidad de Chile, se explicita que quienes están en la jerarquía de ayudantes deben  estar en posesión de un título profesional o grado académico de licenciado, magíster o doctor y además ganar un concurso público que se convoque para tal efecto. De esta forma, la denominación no coincide con el perfil que hasta el momento ha desempeñado la mayoría de los ayudantes, y por lo tanto, se denominará becario/a de colaboración académica.

El/la becario/a asume una colaboración académica tutorada por el/la profesor/a de la asignatura. El/la becario/a puede colaborar académicamente tanto en los cursos de Formación Especializada como en los cursos de Formación Básica de las carreras de Periodismo y Cine y Televisión.

Se entiende por docente tutor/a al docente responsable de una asignatura en el Instituto de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile que solicite la participación de un/a becario/a de colaboración académica.

Se busca promover que el/la becario/a de colaboración académica participe de las actividades de la cátedra de acuerdo a la compatibilidad de tiempo con sus actividades curriculares. Esta colaboración académica no debe en ningún caso interferir con el desarrollo normal del plan de estudios del programa o carrera correspondiente, ni constituirán atenuante ante el incumplimiento de sus obligaciones curriculares.

Funciones de el/la becario/a

Las funciones del/la becario/a de colaboración académica pueden incluir las siguientes:

  • Reforzar los contenidos de la asignatura pasada en clases.
  • Apoyar las funciones del/la docente en el aula.
  • Colaborar en la elaboración de material docente como apuntes, guías, producción de material audiovisual, entre otras.
  • Talleres de lectura complementarias del curso.
  • Revisar bibliografía complementaria.
  • Ayudas en actividades prácticas de aplicación.
  • Acopio de materiales educativos diversos.
  • Apoyo técnico en el conocimiento y manejo de equipos, herramientas, programas y softwares.
  • Supervisar la toma de pruebas u otras evaluaciones diseñadas por el o la docente, las que serán evaluadas por ese docente.

Sus funciones no incluyen:

  • Reemplazar al/la docente en su cátedra u hora de clase. Tampoco es obligación de el/ la becario/a permanecer en el aula durante la cátedra.
  • Evaluar con nota los trabajos o pruebas tomadas por el/la docente. El o la becaria podrá corregir trabajos siempre y cuando sea bajo la rúbrica y los criterios del profesor.
  • Tomar evaluaciones propias con nota.

Más información en el documento que se encuentra al final de este artículo:

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Dirección de Extensión y Comunicaciones ICEI

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